Perfil de Cristhian Castillo

miércoles, 9 de septiembre de 2020 15:10

Cerrado

Registro de Fase 2

Buenos días

Nuestra empresa esta acogida al Fase 2. Por. ej. Un empleado que gana 40,000 pero como la empresa esta acogida al Fase solo le paga 35,000

1) En TSS cuál salario voy a registrar los 40,000 o los 35,000??

2) En contabilidad, donde llevo la diferencia que dejo de pagar al empleado? En este caso lo 5,000

Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 4 años

Buenas tardes, Khris. El aporte realizado por el Estado no debe tomarse en cuenta para el cálculo del impuesto a retener.

Para recibir asistencia con el registro en TSS, debes comunicarte con dicha entidad.

En otro orden, para recibir asistencia con tus registros contables te exhortamos a consultar con el área de fiscalización de la administración local que te corresponde, ya que esta área podrá atender en más detalle tu requerimiento.
 
En vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19, nuestras oficinas se encuentran brindando asistencia parcialmente de forma remota, por lo que, para recibir la orientación puedes escribir a los correos electrónicos especificados en el Aviso 34-20:

https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/34-20.pdf

Para conocer a cuál administración local perteneces puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.

Recuerda que a través de la Oficina Virtual puedes realizar tus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

551 Mensajes

Muchas gracias
No entiendo porqué hay que tomar en cuenta el subsidio del estado, si no es una erogacion de la empresa, inclusive  esa parte no debe reportarse a la tss.

293 Mensajes

No se tiene que reportar como salario. Ni para ningún otro cálculo. Así lo establece la ley, pues eso no ha sido pagado por la Empresa.

2.6K Mensajes

Si, Ryan ... Debe reportarse en la TSS ya que fue un ingreso que recibió el empleado.

4.8K Mensajes

¡Gracias a ti por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

hace 4 años

Eso 5,000.00 es un avance a sueldo por la empresa (es un subsidio del Estado), por lo tanto tiene que contabilizarlo como otros Ingresos auxiliar subsidio del Estado por Covid-19 

2.6K Mensajes

hace 4 años

Y, ¿como el estado está pagando eso?
Te lo pregunto porque en caso de que te den el dinero mándalo al pasivo de la nómina,. Luego, cuando hagas la nómina lo haces rebajando el aporte del estado al salario del empleado registrando en el gasto la parte de la empresa ya que eso fue lo que la empresa realmente pago de salario.

2.6K Mensajes

Si el estado te da después de pagar la nómina el dinero contabiliza el gasto de nómina por 35,000
Gasto nómina 35,000
Cxc empresa del estado 5000
Nómina x pagar 40,000

El caso es que yo no puedo tener un gasto de nómina por 40,000 si la empresa no gasto eso realmente fueron los 35,000

27 Mensajes

ME  IMAGINO QUE ES A MODO DE EJEMPLO. EN  TU CASO. 
GASTO DE NOMINA 30,000
CXC EMPRESA DEL ESTADO 5,000
NOMINA X PAGAR 35,000

551 Mensajes

Asi es. Gracias

hace 4 años

Reconocimiento en contabilidad del programa FASE: el programa de apoyo al empleo formal – Fondo de Asistencia Solidaria al Empleado (FASE), es un programa social del Estado, que tiene como propósito otorgar a los beneficiarios (personas jurídicas y físicas), un aporte monetario mensual de naturaleza estatal, para apoyar y proteger el empleo formal del país durante la pandemia del COVID-19, en la medida en la cual se cumplan los requisitos indicados en el Artículo 4 / FASE 1 y Articulo 5 FASE 2 del Decreto 143-20, modificado por el Decreto 184-20.

NIIF para Pymes: según el Apéndice B “Glosario de términos”: Las subvenciones del Estado son “Ayudas procedentes del gobierno en forma de transferencias de recursos directa a los empleados y en nombre del empleador (Ver art. 5 / Decreto 143-20).

Art. 5 / FASE 2 – Este aporte mensual se realizará por concepto de avance de salario por parte del Gobierno y en nombre del empleador por un monto de (RD$5,000.00) cinco mil pesos dominicanos, y el monto restante del salario ordinario del trabajador será efectuado y completado en su totalidad por el empleador. El empleador, de igual modo, se compromete y obliga a cumplir con todas las obligaciones relativas al pago de la seguridad social y demás pagos correspondientes. 

A diferencia de las NIIF Plenas, una empresa del Grupo 2 solamente contabilizará las subvenciones recibidas directamente en el resultado por el método de renta, como se indica en el párrafo 24.4.

Reconocimiento Contable

Siempre y cuando la empresa haya cumplido las condiciones estipuladas en el Artículo 5 del Decreto 143-20, y se haga beneficiario del programa de apoyo al empleo formal – FASE, reconocerá la subvención de la siguiente manera, por el método de renta:

Registros en Contabilidad / Sección 24 – Método de Renta:

a. Reconocimiento del gasto

DB – Gasto Salario (Salario a registrar en TSS)

DB – Gasto ARS, AFP, ARL e INFOTEP

@

CR – Nómina por pagar

CR – Retenciones por pagar AFP, ARS (5.91%)

CR – Retenciones Imp. S/Renta Asalariados

CR – Acumulaciones por pagar (Gasto ARS, AFP, ARL e INFOTEP)

b. Reconocimiento del pago de la nómina

DB - Nómina por pagar

@

CR – Efectivo, Caja y Banco

CR – Otros ingresos (Subvenciones del gobierno / Sección 24)

hace 4 años

A continuación comparto resolución del ICPARD, la cual avala el registro de la subvención del gobierno en FASE 2 / Otros ingresos (resolución NIIF pymes / sección 24).https://www.icpard.org/resolucion-niif-pymes/

hace 4 años

Registros en Contabilidad / Sección 24 – Método de Renta:

a. Reconocimiento del gasto

DB – Gasto Salario (Salario a registrar en TSS) 40,000.00

DB – Gasto ARS, AFP, ARL e INFOTEP 6,116.00

DB – Gasto INFOTEP 400.00

@

CR – Nómina por pagar 37,636.00

CR – Retenciones por pagar AFP, ARS (5.91%)  2,364.00

CR – Retenciones Imp. S/Renta Asalariados     0.00  

CR – Acumulaciones por pagar (Gasto ARS, AFP, ARL e INFOTEP)  6,516.00


b. Reconocimiento del pago de la nómina

DB - Nómina por pagar     37,636.00

@

CR – Efectivo, Caja y Banco   32,636.00

CR – Otros ingresos (Subvenciones del gobierno / Sección 24)   5,000.00


551 Mensajes

Muchas gracias por tu colaboración y aporte a este tema.
Es un placer colega