EA

martes, 5 de noviembre de 2024 17:27

Cerrado

Registro de factura con Venta al Crédito en el 607-Casilla 20

Buenos días,

Agradezco su apoyo con el caso que planteo:

Tengo entendido que cuando tengo una Venta al Crédito en el 607 sólo estoy en obligación de reportar la factura 2 veces cuando existe Retención.

Duda: ¿Los montos correspondientes de la factura se deberán reportar las 2 veces en la Casilla 20: Venta a Crédito o en la 2da ocasión podría colocar una forma de pago diferente?

Otras formas de pago diferente: (17: Efectivo, 18: Cheque/ Transferencia/ Depósito, 19: Tarjeta Débito/Crédito, 21: Bonos o Certificados de Regalo, 22: Permuta, 23: Otras Formas de Ventas)
 

Solución oficial

Buenas tardes, Enrique. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, Al realizar el pago y proceder con el reporte, es necesario completar la información sobre la forma de pago.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.

75 Mensajes

Buenas tardes, gracias, ya sé que debo completar la información con la forma de pago, pero no están respondiendo mi duda:

Duda: ¿Los montos correspondientes de la factura se deberán reportar las 2 veces en la Casilla 20: Venta a Crédito o en la 2da ocasión podría colocar una forma de pago diferente?

Otras formas de pago diferente: (17: Efectivo, 18: Cheque/ Transferencia/ Depósito, 19: Tarjeta Débito/Crédito, 21: Bonos o Certificados de Regalo, 22: Permuta, 23: Otras Formas de Ventas)

Buenos días, Enrique. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, en el formato de envío, no se puede reportar una factura con retención y al mismo tiempo indicar que la forma de pago es a crédito, ya que la factura se volvería a reportar cuando realmente exista la retención. Es importante destacar que la retención se aplica al momento de realizar la transacción de dinero. En el caso de una venta a crédito, no se aplica retención hasta que se realice el pago, por lo que no corresponde registrar la factura nuevamente si no se ha efectuado la retención.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.

75 Mensajes

Buenas tardes y muchas gracias por su respuesta. 

Entonces la manera correcta de reportar una factura con venta al crédito en el 607 y que tenga retenciones es como sigue:

  1. Se reporta la factura de venta al crédito en el 607, no se llenan las casillas de retención porque todavía no existe pago y el monto de la factura sin retenciones se coloca en la Casilla 20 de Venta a Crédito
  2. En la segundo envío cuando ya me realizan el pago, vuelvo a reportar la misma factura, pero en esta ocasión debo colocar los montos de retención y en las casillas de formas de pago debo seleccionar cualquiera que sea diferente de la Casilla 20, donde debo de incluir los montos de la factura menos las retenciones (por ejemplo, si me pagan en Efectivo debo llenar la Casilla 17 Efectivo con el monto de la factura - las retenciones de ITBIS e ISR que me aplicaron)

¿Me pueden confirmar esto, por favor?

Buenos días, Enrique. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, si, es exactamente así.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.