lunes, 5 de junio de 2023 17:56

Cerrado

REGIMEN MAS ADECUADO

Hola,

Una maestra de pre escolar, que labora en la mañana en un colegio y se le presenta la oportunidad de dar clases de tutorias y reforzamiento en las tardes a varios niños, para lo que tendria que alquilar un local pequeño, que regimen tributario es el mas recomendado para cumplir sus deberes?

Solución oficial

Buenas tardes, Josefina. Gracias por contactarnos. 

 

Lo primero que debe conocer es con la actividad/es económicas con las cuales se registrará, estas actividades poseen ciertas obligaciones que debe cumplir.  En ese sentido, una vez se encuentre registrado o antes, le exhortamos a visitar una administración local, a fin de recibir las orientaciones correspondientes y brindarle la asistencia requerida.

 

Le exhortamos a consultar la Carta de Deberes de los Contribuyentes, ingresando al siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61211g9mLX

 

También, le recomendamos a consultar la Biblioteca Virtual de nuestra institución, ingresando al siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61212g9mLk

 

 

Puede consultar el procedimiento que debe agotar para registrarse en el régimen ordinario como persona física o jurídica, ingresando al siguiente enlace:

 

 

 

En cuanto al Régimen Simplificado de Tributación, como su nombre lo indica, es un régimen simplificado creado para facilitar el cumplimiento de los contribuyentes, a través del cual, se determinarán las obligaciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) de las personas físicas y jurídicas que se acojan al mismo.

 

A fin de conocer quiénes pueden acogerse al Régimen Simplificado de Tributación, ingrese al siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61215g9mLb

 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61216g9mLj)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

Visite: http://ms.spr.ly/61217g9mLd

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.