En atención a su consulta, le informamos que, en caso de realizar el pago a través de la nómina, este tributará ISR según la escala salarial. En ese mismo sentido, si el pago no se realiza a través de la nómina, se considerará una retribución complementaria, la cual tributará el 27% del monto pagado.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 24 días
Buenas tardes, Angel. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, en caso de realizar el pago a través de la nómina, este tributará ISR según la escala salarial. En ese mismo sentido, si el pago no se realiza a través de la nómina, se considerará una retribución complementaria, la cual tributará el 27% del monto pagado.
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