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lunes, 13 de abril de 2026

Reemboslo por excente en retenciones ISR Asalariado

Saludos,

Me gustaría saber el proceso para que una empresa (persona jurídica) solicite el reembolso de saldo a favor del ISR retenido a sus empleados , periodos 2024 y 2025. 

Me comunique por dos ocasiones ,via telefónica, con personal de la DGII y las informaciones que me suministraron no fueron muy claras al respecto, especialmente a lo referente al llenado del formulario FI-GERE-003.

Gracias

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Solución oficial

Buenas tardes, Yordi. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que, si los empleados no aplican para compensación del saldo a favor, por motivo de que su ingreso anual no se encuentra sujeto al pago de Impuestos Sobre la Renta, deberá solicitar la autorización para efectuar el reembolso llevando a cabo el procedimiento indicado en la siguiente pregunta de esta comunidad: CA3473 ¿Qué debo hacer para reembolsar o compensar el saldo a favor generado en el IR-13 a los empleados que no se encuentran sujetos a retención del ISR?

 

En caso de tener alguna duda adicional, le invitamos a detallarla respondiendo a este comentario.

 

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Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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