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Reembolso de Viaticos
Buen dia estimados:
Quisiera solicitar su apoyo con lo siguiente:
Estamos llevando el proyecto de un cliente y esta ha originado una serie de gastos por transporte, alimentacion, etc por el personal que esta a cargo.
Esos gastos han sido facturados por los colaboradores a nombre de cada colaborador, sin embargo yo debo trasladarle esos gastos al cliente.
1- Puedo emitir un B01 con el valor de los gastos originados?
2- Estos gastos deben ser facturados con ITBIS o exento?
3- Otros datos a considerar.
Gracias anticipadas por su gestión.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.9K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Elizabeth. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, puede sustentarse con la emisión de un Comprobante para Gastos Menores del Tipo (B13) aquellos pagos realizados por su personal de manera informal en ocasión de actividades relacionadas al trabajo, tales como: consumibles, pasajes, transporte público, tarifas de estacionamiento y peajes, toda vez que sean razonables, proporcionables y relacionados con el giro del negocio y ejecutados con la finalidad de obtener, mantener y conservar rentas gravadas
Al emitirse este tipo de comprobante no debe transparentarse ni adelantarse el ITBIS, debido a que estos NCF son emitidos a nombre del mismo emisor (contribuyente) y su reporte debe realizarse a través del Formato Envíos 606 de Compras de Bienes y Servicios, dentro de los primeros 15 días del mes siguiente al período a declarar (por ej.: el mes de enero debe presentarse antes del 15 de febrero).
Al momento de facturarle a su cliente, debe estipular el valor de su servicio transparentándole el ITBIS (en caso de que este se encuentre gravado con este impuesto).
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Elizabeth Madrid
62 Mensajes
hace 2 años
Buen dia estimados:
Gracias por la información, consulta:
1- Puedo emitir un B13 aunque mi cliente tenga personería juridica, es decir, es una empresa legalmente constituida.
2- Al ser viáticos deberia ir sin ITBIS? (Alimentación & transporte).
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