martes, 20 de junio de 2023 23:54

Cerrado

Reembolso de Viaticos

Buen dia estimados:

Quisiera solicitar su apoyo con lo siguiente:

Estamos llevando el proyecto de un cliente y esta ha originado una serie de gastos por transporte, alimentacion, etc por el personal que esta a cargo.

Esos gastos han sido facturados por los colaboradores a nombre de cada colaborador, sin embargo yo debo trasladarle esos gastos al cliente.

1- Puedo emitir un B01 con el valor de los gastos originados?

2- Estos gastos deben ser facturados con ITBIS o exento?

3- Otros datos a considerar.

Gracias anticipadas por su gestión.

Solución oficial

Buenos días, Elizabeth. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede sustentarse con la emisión de un Comprobante para Gastos Menores del Tipo (B13) aquellos pagos realizados por su personal de manera informal en ocasión de actividades relacionadas al trabajo, tales como: consumibles, pasajes, transporte público, tarifas de estacionamiento y peajes, toda vez que sean razonables, proporcionables y relacionados con el giro del negocio y ejecutados con la finalidad de obtener, mantener y conservar rentas gravadas

 

Al emitirse este tipo de comprobante no debe transparentarse ni adelantarse el ITBIS, debido a que estos NCF son emitidos a nombre del mismo emisor (contribuyente) y su reporte debe realizarse a través del Formato Envíos 606 de Compras de Bienes y Servicios, dentro de los primeros 15 días del mes siguiente al período a declarar (por ej.: el mes de enero debe presentarse antes del 15 de febrero).

 

Al momento de facturarle a su cliente, debe estipular el valor de su servicio transparentándole el ITBIS (en caso de que este se encuentre gravado con este impuesto).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

hace 2 años

Buen dia estimados:

Gracias por la información, consulta:

1- Puedo emitir un B13 aunque mi cliente tenga personería juridica, es decir, es una empresa legalmente constituida.

2-  Al ser viáticos deberia ir sin ITBIS? (Alimentación & transporte).

Buenas tardes, Elizabeth. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, el sustento de los gastos menores es propios de la empresa que desarrolla el proyecto, es decir, para fines de deducción interna, ya que son gastos que ejecuta para brindar su servicio. Asimismo, le aclaramos que al emitirse este tipo de comprobante no debe transparentarse ni adelantarse el ITBIS.

 

Al momento de facturar el servicio prestado a su cliente, debe estipular el valor de su servicio transparentándole el ITBIS (en caso de que este se encuentre gravado con este impuesto).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Estimados:

El Comprobante de gastos menores al ser un comprobante para uso interno, no podría servir como soporte a nuestro cliente.

Lo que ocupamos es entregarle un soporte a nuestro cliente por esos gastos para que el nos pueda pagar, se podría a través de una nota de Débito?

44 Mensajes

incluyele ese gasto que tuviste en el valor del servicio que ofreces osea no tienes que desglosar en la factura al cliente alimento tanto, transporte tanto simplemente en  el servicio que ofreces incluyeselo

Buenos días, Elizabeth. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Buenas tardes, Elizabeth. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que es correcto, tal como indica el Comprobante de Gastos Menores es de uso interno y su fin es para sustentar gastos al menudeo que realicen para el desarrollo del proyecto. Para fines de deducción del gasto por el servicio realizado deberá emitir un NCF del tipo requerido por su cliente.

 

Por ejemplo:

  • Para Empresas privadas: Comprobantes con valor de crédito fiscal (B01).
  • Para Zonas Francas con carnet de Exención vigente: Comprobantes para Régimen Especial de Tributación (B14).
  • Para Instituciones Estatales: Comprobantes Gubernamentales (B15).
  • Para ciudadanos en general: Comprobantes de Consumo (B02).

Para más detalles, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.