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REEMBOLSO DE LA DGII POR LOS GASTOS EDUCATIVOS
Buenas Tardes:
Despues de presentar y declarar el IR-1 en la OFV, puedo validar que tengo un saldo a mi favor por los Gastos Educativos como persona física; entonces:
1) Qué debo hacer para solicitar este reembolso? o no es necesario solicitarlo y quedaran como un saldo a mi favor en la DGII?
2) Tiene fecha de vencimiento este saldo a favor?
3) Debo depositar los documentos originales en la Oficina de Grandes Contribuyentes?
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
3.5K Mensajes
hace 10 meses
Buenas tardes, Vanessa. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, para solicitar el reembolso del saldo a favor en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información o Centro de Asistencia de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Solución aceptada
VANESSA NOYA
3 Mensajes
hace 10 meses
De acuerdo, hay una fecha limite para depositar estos documentos en la DGII?, por otro lado, no todas las empresas que me retuvieron el ISR me pueden entregar la certificacion porque no estan organizadas contablemente, puedo depositar los documentos solo con las certificaciones de retenciones mas altas aplicadas en el ano?
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