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Reembolso de ISR saldo a favor empleado IR-18 gastos educativos
Hola,
Tenemos un empleado que reportó gastos educativos y su declaración IR-18 arrojó un saldo a favor que a su vez se refleja en el IR-3 de la empresa en el periodo de marzo 2021, cuál es la forma correcta de realizar el reembolso de ese saldo a favor al empleado, vía nómina compensándolo con el ISR a pagar en ese mes (en este caso el monto a pagar supera el saldo a favor) o se le realiza el pago al empleado por un medio de pago como transferencia/cheque por el monto del saldo a favor?



Solución oficial
OTM .
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hace 5 años
Buenas tardes Flor. Gracias por escribirnos.
El saldo a favor que resulte de la declaración jurada del asalariado generará una autorización de la DGII para fines de que usted como empleador reembolse al Empleado dicho valor. En ese sentido, debe reembolsarle el saldo a favor de acuerdo con el método de pago establecido en las políticas de su entidad.
Nota: no podrá aplicar saldos a favor sobre las retenciones que le realiza.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle, Flor.
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