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jueves, 19 de febrero de 2026

Reembolso de ISR asalariado

Buenas tardes, terminé mi contrato laboral el 26 de diciembre 2025, ¿ Debo esperar algún tiempo para solicitar a mi exempleador la carta de retención de isr o puedo hacerlo inmediatamente? Es para solicitar reembolso en la DGII

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Solución aceptada

Oficial

Buenas tardes, Julissa. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que puede solicitar la carta a su empleador de inmediato.

 

Si desea conocer el proceso que deberá realizar para obtener el reembolso de su saldo a favor, le invitamos a acceder a la pregunta de esta comunidad que contiene la información detallada, haciendo clic en el siguiente enlace: CA2144 ¿Qué debo hacer para solicitar el reembolso del saldo a favor en el Impuesto Sobre la Renta (ISR)?

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.