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Rectificativa RST
Buenas Tardes:
Quisiera saber como sería el proceso, si ya presente mi declaración de RST y pague las dos cuotas, pero por error del tercero no presento una retención que me realizaron ni el ingreso, y ahora debo de rectificar que pasaría con el monto ya pagado porque no hay una casilla que arraste saldo a favor.
En espera de sus respuesta.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
5.2K Mensajes
hace 7 días
Buenas tardes, Rosangel. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, puede realizar la rectificativa, sin embargo, la declaración de RST no da saldo a favor, por lo que, el excedente se perdería.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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