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martes, 25 de octubre de 2022

Cerrado

Rectificativa ITBIS

Buenos dias estimados,

En el mes de octubre detectamos que es posible que tenemos que hacer una rectificativa de periodos (abril y mayo 2022), debido a que no se registraron algunos ingresos por ventas a consumidor final por un problema que tuvimos con el sistema de facturacion en esos meses.

Sin embargo la empresa cuenta con un saldo a favor en el ITBIS desde inicios de 2022, el cual aun no se ha agotado. Todo este 2022 hemos estado pagando solo las retenciones a terceros, debido a que las ventas con itbis son asumidas por el saldo a favor.

Mi consulta seria la siguiente: cuando hagamos esta rectificativa debemos pagar interese y mora por el monto no declarado, aunque tengamos saldo a favor? o simplemente nuestro saldo a favor disminuye?

Saludos cordiales

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Solución oficial

Buenas tardes, Dali. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, si el Saldo a Favor fue arrastrado mes por mes hasta el mes de septiembre no puede ser compensado de forma retroactiva con los meses de abril y mayo, por lo que, deberá pagar los recargos por mora e intereses generados por la presentación tardía de los referidos ingresos producto de ventas a consumidores.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.