jueves, 10 de septiembre de 2026

Rectificativa IPI

Buenos días, antes de ayer fui a pagar la segunda cuota de IPI y veo que la aumentaron de 9,927.75 a 657,549.75.  Llame a DGII y me pasaron a Tasación, donde me dijeron que uno de los inmuebles había sido revalorado de 3,458,724.50 a 132,932,124.50.

Ese inmueble es un solar baldío sin construcción alguna, pero en tasación me dijeron que ahí hay un construcción de una nave industrial de tres mil y pico de metros.  Resulta que ese es el solar que está al lado del mío y que tiene otro dueño.

Fui a la administración local y lleve copia de mi título, del plano catastral y de geolocalizacion, asi como los mismos documentos de la propiedad de al lado.

Llene un formulario de rectificativa y le anexe esos documentos, y me dijeron que me mantenga llamando a ver si resolvieron el caso. Ya que el IPI se vence mañana y no quiero pagar recargos, que tengo que hacer?

Cabe destacar que el 7 de septiembre revise las cuotas de IPI y tenían el valor de 9,927.75, fue a partir de día 8 de septiembre, faltando tres días para el vencimiento, cuando lo modificaron en base a un inmueble que no me pertenece ni nunca lo ha hecho.

Además, pague la primera cuota de IPI antes de la fecha de vencimiento, y ahora sale que está en mora y con recargos que suman 800 mil y pico de pesos.

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Elizabet. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que es necesario que se comunique con el oficial de control que tenga asignado en la administración local a la que pertenece, quien podrá generarle una autorización de pago a cuenta por el monto que entiende que deberá pagar luego de la corrección, a fin de que no tenga que pagar el monto con recargos al finalizar el proceso.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

hace 4 días

Muchas gracias, me comuniqué con el oficial de control y me dice que no puede generar la autorización hasta que no concluya la corrección. Tampoco sabe cuánto tiempo tomará eso.   Que hago?  Esta situación me está generando muchos problemas.  Tuve que pedir permiso en el trabajo ayer para ir al interior a depositar la rectificativa, vivo en Santo Domingo, con los gastos que eso conlleva.  Por un inmueble que no es mío, ni nunca lo ha sido.  Quien me compensa el tiempo y los gastos por un error de la DGII?

Buenos días, Elizabet. Gracias por contactarnos.

 

 Le invitamos a comunicarse nuevamente con el oficial, quien puede evaluar su caso en particular y proporcionarle las alternativas que estén disponibles para usted.

 

En caso de que lo considere necesario, también puede exponer su situación al correo vozdelcontribuyente@dgii.gov.do, a fin de que nuestro Departamento de Experiencia y Aseguramiento de la Calidad revise que los procedimientos llevados a cabo por la administración local sean los correctos.

 

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