Perfil de Sunilda Pichardo

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viernes, 15 de marzo de 2024 19:03

Cerrado

Rectificativa declaracion RST

Buenas tardes,

yo puedo hacer una rectificativa, por la oficina virtual de una declaracion de RST del año 2023

saludos,

Solución oficial

Buenas tardes, Sunilda. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, las declaraciones del Régimen Simplificado de Tributación de la modalidad de ingresos pueden ser rectificadas por el contribuyente vía la administración local correspondiente.

 
Sin embargo, las declaraciones de los contribuyentes acogidos a la modalidad de compras no se encuentran sujetas a rectificativas, debido a que estas son determinadas por la Administración Tributaria.
 
Importante:
Las declaraciones del RST en la modalidad de ingresos se encuentran sujetas a fiscalización por parte de la Administración Tributaria.
 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

162 Mensajes

hace 4 meses

No se puede eliminar y hacer de nuevo en la oficin virtual?

Buenas tardes, Sunilda. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, si ha cometido un error en el registro de una declaración jurada que ha presentado a través de la Oficina Virtual, puede eliminarla y volver a presentarla por la misma vía. Esta facilidad está disponible solamente para las siguientes declaraciones juradas:


• Impuesto Sobre la Renta Sociedades (IR2)
• Impuesto sobre la Renta Personas Físicas (IR1)
• Impuesto Sobre Activos (ACT) a partir del cierre fiscal 31 de diciembre 2019
• ITBIS a partir del periodo fiscal mayo 2020.
 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.