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martes, 17 de septiembre de 2024 17:11

Cerrado

Rectificar IR-3

Buenas tardes.

Para modificar un IR-3 en est3 caso rebajando las otras remuneraciones, ¿puedo hacerlo virtual o hay que dirigirse a DGII.

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Yanery. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el IR-3 se rectifica únicamente de manera virtual indistintamente si hay un aumento o una disminución.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

 

 

Solución aceptada

hace 2 meses

Buenas tardes, primero debes rectificar la TSS del periodo correspondiente y luego el IR-3 por la oficina virtual.