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martes, 7 de abril de 2026

Rectificar 607 con NCF electronico

Estimados,

Quisiera validar si es posible realizar la rectificación del Formato 607 incluyendo comprobantes electrónicos (Tipo E), considerando la siguiente situación:

A nivel contable/sistema, se registró una nota de débito en el mes de diciembre; sin embargo, el NCF electrónico (e-CF) correspondiente fue emitido en enero.

En este contexto, agradecería su orientación sobre los siguientes puntos:

  • ¿Es correcto incluir dicha nota de débito en el mes de diciembre, o debe reportarse en enero según la fecha de emisión del e-CF?
  • Entendemos que la herramienta de envío del 607 no permite registrar comprobantes electrónicos de forma manual. En este caso, ¿cuál sería el procedimiento adecuado a seguir?
  • ¿Existe algún riesgo o implicación en la declaración anual (IR-2) si se maneja de una u otra forma?

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Angel. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta le informamos que no sería necesario rectificar el 607 para incluir un comprobante electrónico que no se haya considerado al momento del envío, sino que bastará con emitirlo con fecha del período al que corresponde y rectificar la declaración de ITBIS para incluirlo. No obstante, para conocer con qué fecha corresponda registrar la transacción y cuáles serán las implicaciones de los diferentes manejos que se pueda dar a la misma, será necesario que trate su consulta con la Unidad de Fiscalización de la administración local a la que pertenece.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

2 Mensajes

Hola, gracias por la información suministrada.

No obstante, aún mantengo una duda: la nota de débito fue emitida en enero, aunque afectando a una factura que corresponde al mes de diciembre.

Adicionalmente, es importante señalar que estas facturas son exentas (sin ITBIS).

Buenas tardes, Angel. Gracias por contactarnos.

 

Le indicábamos que esta parte de la consulta debe verla con la Unidad de Fiscalización de la administración local a la que pertenece, que es la que podrá ayudarle a evaluar el escenario para determinar a qué fecha corresponde la emisión del comprobante, teniendo en cuenta sus registros contables.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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