jueves, 16 de abril de 2026

RECTIFICAR 606 2025

Buen dia, espero esten bien.

Caso: validando antes de declarar vemos que falta dos facturas por agregar de credito fiscal, se actualiza el 606 de diciembre 2025 y se envia, al consultar el envio, sale un error porque hay un proveedor informal que en el 2026 se registro y ahora declara a la dgii, esa factura ya habia sido aprobada se habia pagado ITBIS y IR-17, ya que esa persona aun no estaba formalizada en la DGII. 

Puede la DGII abrir el mes de diciembre para poder rectificar ? ya que no fue un error nuestro en ese mes esa persona no estaba formalizada. Que se hace? 

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Solución oficial

Buenas tardes, Priscilla. Disculpe la demora.

 

 En atención a su consulta, le informamos que, en ese caso, debe ponerse en contacto con el proveedor para que este le emita la factura de esa transacción con la fecha en que fue realizada. De esta manera podrá sustituir el comprobante de compras por el comprobante emitido por el proveedor registrado y enviar el 606.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

@comunidad_de_direccin_general_de_impuestos_internos​ si, pero recordar que esta persona se formalizo en este año y ya habia pagado una retencion el año anterior. Favor esclarecer esta parte. 

Buenas tardes, Priscilla. Disculpe la demora.

 

 En caso de que la retención haya sido por prestación de servicios, la retención no tendría variación entre proveedor informal o persona física registrada, siendo ustedes persona jurídica. No obstante, en caso de que la retención se haya hecho por venta de bienes, tendría la posibilidad de rectificar la declaración de ITBIS y la retención quedaría como un saldo a favor, a fin de que puedan regresar el monto al proveedor y este efectuar el pago que corresponda por la transacción.

 

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si pero entonces ella puede emitir un comprobante de año anterior antes de declararse como persona fisica?, 

Buenas tardes, Priscilla. Disculpe la demora.

 

 Así es.

 

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Es un placer servirle.

Buenas tardes. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.

 

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