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viernes, 31 de marzo de 2023 14:12

Cerrado

Recargos e intereses declaración sucesión indivisa

Una herencia que nunca se repartió y el fallecido, tiene 30 años.  Cuales son las penalidades por declaración tardía? Los beneficiarios serian los nietos.

Solución oficial

Buenos días, Rous. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, la Declaración Jurada del Impuesto de Sucesiones debe ser presentada a más tardar noventa (90) días después de ocurrido el fallecimiento. A la presentación se le aplicarán los siguientes porcentajes de recargos:

  • 10% por el primer mes o fracción de mes después de vencido el plazo.
  • 20% por más de un mes y hasta tres meses después de vencido el plazo.
  • 25% por más de tres meses y hasta seis meses después de vencido el plazo.
  • 30% por más de seis meses y hasta nueve meses después de vencido del plazo.
  • 35% por más de nueve meses y hasta un año después de vencido del plazo.
  • 50% por más de un año en adelante después de vencido del plazo.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.