jueves, 6 de agosto de 2026

Recargo moratorio del 3%

Buenas Tardes.

Vamos a proceder a realizar la declaracion de ISR de una persona fisica de los periodos 2023,2024 y 2025, el cálculo del recargo moratorio de esos períodos se hará en base a la ley 30-26(3%) o en base a la legislacion pasada, es decir, art..252 10% para el primer mes o facción de mes y 4% para los meses siguientes?

Quiero que me aclaren eso, por favor.

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