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QUITAR OPOSICION SI SOY DEALER
SI SOY DEALER DE VEHICULO, CUALES SERIAN LOS PASOS PARA QUITARLE OPOSICION POR INTRANSFERENCIA A FAVOR DE TERCEROS AL VEHICULO Y ENDOSARLE LA MATRICULA AL CLIENTE PUES YA SALDO LA DEUDA CON NOSOTROS. OJO NO HUBO INTERMEDIARIO BANCARIO
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 años
Buenas tardes. Gracias por contactarnos.
Le informamos que primero debe realizar el pre-levantamiento de la oposición agotando los pasos del siguiente enlace: CA4025 ¿Qué debo hacer para pre autorizar el levantamiento de una oposición de un vehículo de motor a través de la Oficina Virtual? | Comunidad de Ayuda de la Dirección General de Impuestos Internos (http://ms.spr.ly/612199LYYx)
Luego de haber realizado el pre-levantamiento, el propietario deberá realizar el levantamiento de oposición intransferibilidad a favor de terceros depositando en la Unidad de Servicios Personalizados de Vehículos de Motor de la Administración Local o los Centros de servicios/transacciones de Vehículos de Motor los siguientes documentos:
1. Carta de saldo (solo aplica para oposiciones interpuesta por personas jurídicas) o acto de alguacil.
2. Matrícula original.
3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados del propietario del vehículo o Pasaporte si es extranjero.
4. Poder notariado y legalizado (aplica en caso de que un apoderado sea quien realice el trámite).
5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados de la persona autorizada a realizar la transacción (aplica en caso de que la solicitud se realice mediante una carta) o copia del carné de identificación del alguacil (aplica en caso de que la solicitud se realice mediante acto de alguacil).
6. Carta de autorización de la empresa timbrada, firmada y sellada, indicando la persona autorizada a realizar el trámite (aplica en caso de Personas Jurídicas).
7. Copia de Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, o pasaporte del solicitante (aplica en caso de cesación de intransferibilidad).
8. Constancia fehaciente de los pagos que quedaron pendientes de liquidar al momento de la suscripción del instrumento notarial inicial.
Costo del Servicio:
* RD$100.00 por la cesación.
* RD$100.00 por la impresión de la nueva matrícula.
Tiempo de respuesta:
Inmediato; no obstante, si la solicitud es vía acto de alguacil al Centro de Servicios de Vehículos de Motor Malecón Center o al Centro de Servicios de Vehículos de Motor Plaza Luperón posee un tiempo de compromiso de hasta 10 días laborables.
Importante:
Para realizar el levantamiento de esta oposición, es necesario que la entidad financiera haya realizado el prelevantamiento de la misma. Puede confirmar si la oposición fue pre levantada, a través del Centro de Contacto DGII proporcionando los datos del vehículo.
· Una intransferibilidad es cuando el vehículo está financiado por alguna institución financiera y en la matrícula se coloca una oposición por “prenda sin desapoderamiento” o "venta condicional".
· • Las solicitudes de levantamiento de oposición por venta condicional, intransferibilidad a favor de tercero y prenda sin desapoderamiento requeridas por alguaciles y entidades financieras (tanto por vía de acto de alguacil o carta) en los Servicios Personalizados de las Administraciones Locales de Santo Domingo deben ser dirigidas al Centro de Servicios de Vehículos de Motor Malecón Center o al Centro de Servicios de Vehículos de Motor Plaza Luperón.
· Para solicitar el levantamiento de oposición de un vehículo de motor por venta condicional, prenda sin desapoderamiento o intransferibilidad a favor de terceros cuando la entidad financiera fue fusionada debe depositar los documentos que sustentan la fusión de las entidades, anexando a estas la certificación de la Superintendencia de Bancos y Junta Monetaria aprobando la fusión y/o compra de cartera activa de clientes. El contrato de Cesión de Garantías debe estar endosado al nuevo adquiriente y registrado, para que el Dpto. de Vehículos de Motor pueda procesar correctamente el cambio de acreedor de garantías en el sistema.
· En los casos de que la carta de saldo sea con firma digital, la misma solo será aceptada cuando se realice la validación con el código QR y muestre que en efecto cumple con todos los mecanismos de autenticación de la entidad financiera que interpuso la oposición.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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