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lunes, 8 de abril de 2024

Cerrado

Quien provee ese software propio o externo que permite realizar las operaciones establecidas por Facturación Electrónica de la Autoridad Tributaria

  • Contar con un software propio o externo que le permita realizar las operaciones establecidas por Facturación Electrónica de la Autoridad Tributaria..... DONDE SE CONSIGUE ESO ???? PORQUE DICE EL SERVICIO QUE EL FACTURADOR ELECTRONICO ES GRATUITO. REQUIERO INFORMACION POR FAVOR URGENTE !
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Solución oficial

Buenos días, Denise. Gracias por contactarnos.

                           

En atención a su consulta, le anexamos el enlace donde puede verificar los proveedores de Servicios de Facturación Electrónica Autorizados: https://acortar.link/eHyLr1

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Buenos días, Denise. ¡Gracias por contactarnos!

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y las consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

5 Mensajes

hace 1 año

Muy buenos días muchísimas gracias por su respuesta. 

Tengo una duda aun mayor, 

Si ustedes tienen un sistema que se llama Facturador Electrónico Gratuito, este servicio de los prestadores que me acaban de enviar es GRATRUITO ? de no ser así,  entonces que es lo ustedes ofrecen como gratuito. Agradeceré su respuesta.   

Buenos días, Denise. Gracias por contactarnos.

                           

En atención a su consulta, le informamos que, para que le brinden la información si es gratuito o con pago le recomendamos comunicarse con los proveedores.

 

En ese mismo orden, para solicitar la autorización para utilizar el Facturador Gratuito debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local correspondiente, el siguiente documento: https://acortar.link/DuBp86

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

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