EM

martes, 13 de agosto de 2024 20:16

Cerrado

Que tratamiendo fiscal debe dar una Fundacion sin fines de Lucro a una Rifa que va a realizar?

Somos una Fundacion y vamos a proceder con la compra de un vehiculo.

El mismo sera rifado por nuestra Fundacion, cual es la mejor forma de dar el tratamiendo fiscal a esta operacion, tomando en cuenta que:

  • Algunos compradores de los boletos nos estan solicitando factura con valor fiscal? Las mismas debemos hacerla con o sin ITBIS (tomando en cuenta que somos una fundacion sin fines de lucro y no pagamos ITBIS).
  • Al momento de la entrega del premio, debemos pagar algun % de impuesto sobre el valor del vehiculo que vamos a entregar segun las leyes de apuestas y rifas en RD?
  • Lo compramos en el mes de septiembre y lo entregaremos en octubre, debemos considerarlo como activo de la Fundacion durante ese mes, hasta hacer el traspaso al ganador del premio?

En espera de sus comentarios.

Sls.

EM

Solución oficial

Buenos días, Emelin. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, las ventas de boletos para los premios no están gravadas con el ITBIS. En ese mismo orden, corresponde realizar la retención del 25% por los premios otorgados, siendo responsabilidad del ganador efectuar el pago, mientras que la entidad sin fines de lucro debe retenerlo y realizar el pago al fisco. Al adquirir el vehículo, corresponde registrar el gasto en el formato de envío, pero no debe registrarse como activo, ya que no operarán con el vehículo.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.