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Que tipo de impuestos paga los laboratorio clínicos?
Quisiera saber que tipo de impuestos paga los laboratorio clínicos y cuales leyes interviene?
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Quisiera saber que tipo de impuestos paga los laboratorio clínicos y cuales leyes interviene?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 años
Buenas tardes, Rachel. Gracias por contactarnos.
Las obligaciones tributarias de los contribuyentes (Personas Físicas o Jurídicas) son asignadas en función de la(s) actividad(es) económica(s) que estos seleccionan o son agregadas de forma administrativa, usando como referencia la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU).
En el caso de las Instituciones Sin Fines de Lucro (ISFL) y los contribuyentes acogidos a un régimen especial, sus obligaciones quedarán establecidas en base a su clasificación o régimen, independientemente de la(s) actividad(es) económica(s) que realice(n).
Los contribuyentes o registrados que sean propietarios de inmuebles o que se encuentren en un proceso de sucesión o donación, les serán asignadas las obligaciones tributarias del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (DSD), según corresponda.
Importante:
Las obligaciones tributarias de los contribuyentes que tienen la marca de Vector Fiscal (VF) operarán de manera automática; en el caso de los contribuyentes sin marca, estas serán gestionadas de manera manual siguiendo las reglas del VF.
A fin de conocer las obligaciones que le corresponden tomando en cuenta la actividad económica con la que se encuentra registrado o se registrará en el catálogo CIIU, ingrese al siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61217iRWqd
Para consultar las actividades económicas en el catálogo CIIU el contribuyente debe seguir los pasos indicados en el siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61218iRWqe
Para conocer las leyes que intervienen en su caso en particular, le recomendamos realizar una consulta técnica, agotando el procedimiento indicado en el siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61219iRWq5
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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