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martes, 12 de diciembre de 2023 13:01

Cerrado

Que se debe de hacer para solicitar la herramienta para la placa de exhibición y para poner y quitar oposición

Buen día.

Quisiera saber cuales son los requisitos para obtener la herramienta en la plataforma de la DGII de solicitar placas de exhibición y la de poder poner y quitar oposición.

Y si tengo que llenar algún formulario y los pasos a seguir para obtener estas herramientas. 

Gracias anticipadas por su colaboración a nuestro llamado.  

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Maireni. Gracias por contactarnos.

 

En cuanto a solicitar la placa provisional y endosos, le informamos que con la aprobación de la licencia para comercialización de vehículos de motor no es necesario que los Dealers y/o Concesionarios soliciten la marca de endoso y la asignación de las herramientas, ya que estas le serán asignadas con la aprobación de la licencia.

 

Le informamos que para solicitar la asignación de Herramienta de Pre-Autorización de Oposiciones de Vehículos de Motor, las entidades financieras deben depositar en las Unidades de Servicios Personalizados de Vehículos de Motor de las Administraciones Locales o Centros de Servicios de Vehículos de Motor, los siguientes documentos:

 

  1. Formulario para Solicitud de Herramientas para Oposiciones Financieras (FI-VHM-004), llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de los accionistas con participación igual o mayor al 40% de la empresa.
  3. Certificado vigente de no antecedentes penales para los accionistas con participación igual o mayor al 40% de la empresa. Esta certificación tiene una vigencia de 30 días calendarios.
  4. Poder de autorización (en caso de Personas Físicas) o Carta de autorización timbrada, firmada y sellada (en caso de Personas Jurídicas) [aplica en caso de que sea un apoderado o representante que realice la solicitud].
  5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del apoderado o representante (aplica en caso de ser un representante o apoderado que realice la solicitud).

 

Costo del Servicio: Gratuito. 

Tiempo de respuesta: 15 días laborables.

 

Importante:

  1. En caso de que ninguno de los accionistas de la empresa alcance el 40% de participación, se deberá presentar copia de la cédula y certificado de no antecedentes penales para los cuatro (4) accionistas con mayor participación.
  2. Para que se le coloque la herramienta de pre-autorización para el levantamiento de oposiciones debe cumplir con las siguientes condiciones:
  • Poseer como actividad económica principal una asociada al sector financiero (financiamiento, bancos, cooperativas, entre otros) o la de venta de vehículos.
  • Estar al día en la presentación y pago de impuestos, incluyendo remisión de los formatos de envíos de datos.
  • Estar autorizado a emitir Números de Comprobantes Fiscales y/o Comprobantes Fiscales Electrónicos (poseer el alta de NCF).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

16 Mensajes

Entiendo su punto pero el caso es que no tenemos estas herramientas de placa de exhibición, cuando se refiere a la licencia me podría especificar a que tipo de licencia se refiere.

 

Buenos días, Maireni. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que las entidades que se dediquen a la comercialización de vehículos de motor deben tener una licencia según lo establecido en el Decreto 420-23 es la autorización otorgada a las personas físicas y jurídicas que deseen dedicarse a la distribución, importación y comercialización de vehículos de motor y la misma se encuentra clasificada en las siguientes categorías:

 

  1. Licencia de concesionario importador: para personas jurídicas o físicas que hayan sido designados por el fabricante de los vehículos de motor para actuar en calidad de distribuidor autorizado de los productos, con potestad de importar y comercializar productos en el país.
  2. Licencia de distribuidor importador: para personas jurídicas o físicas que importan vehículos de motor al país para fines de reventa.
  3. Licencia de vendedor o comercializador: para personas jurídicas o físicas que realizan el negocio de compra y venta de vehículos de motor en el país.

Importante:

  • Esta licencia debe ser solicitada previo al inicio de operaciones y deberá ser renovada cada cinco (5) años previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 30 del citado decreto.
  • Un concesionario importador o un distribuidor importador puede dedicarse a la actividad de vendedor o comercializador sin ser titular de la licencia para esta última actividad. Sin embargo, el vendedor o comercializador para dedicarse también a la actividad de concesionario importador o distribuidor importador, debe ser titular de una licencia.

Base Legal: Decreto 420-23, Art. 28, 29 y 30.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

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