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miércoles, 24 de junio de 2020 18:55

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QUE RETENCIONES DEBO HACER PERSONA FISICA QUE EMITE FACTURAS

ESTOY CONSTITUIDA COMO PERSONA JURIDICA Y LE COMPRO BARRAS DE ACERO  CON LA INSTALACIÓN INCLUIDA  A UNA PERSONA FÍSICA QUE ME EMITE FACTURA  QUE TIPO DE RETENCIONES DEBO HACERLES A ESTE SUPLIDOR?

Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 5 años

Buenas tardes, Yoleicy. Debes retener la totalidad (100%) del ITBIS facturado. Artículo 25 del Reglamento 293-11.

En otro orden, respecto a la proporción de la factura que corresponde al servicio brindado, debes retener el porcentaje de ISR según se detalla a continuación:

• 10% para los servicios profesionales (Ej.: Alquiler de cualquier tipo de bienes muebles o inmuebles, honorarios, comisiones y demás remuneraciones y pagos por la prestación de servicios en general provistos por Personas Físicas no ejecutados en relación de dependencia). Artículo 10 de la Ley 253-12.

• 2% cuando se trate de servicios técnicos (Ej.: albañilería, fumigación, limpieza, carpintería, pintura, ebanistería, plomería, transporte). Artículo 70 del Reglamento 139-98.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

50 Mensajes

hace 5 años

Si emite factura, no tienes que retenerle nada.

99 Mensajes

hace 5 años

restenerle 100% del itbis y un 2% de impuesto e elaborarle su carta de retencion tanto del itbis como ISR. y entregarsela firmada y sellada .

910 Mensajes

hace 5 años

Buenas tardes, en la adquisición de bienes no aplica retención, al menos de que sea un proveedor informal.
Supongo que la instalación de esos ITEM forman parte del costo o se podría dar el caso que se te emita varias factura: una para el bien y otra para el servicios. Pero creo que el que vende el bien al mismo le carga al costo el servicio de instalación.

910 Mensajes

hace 5 años

Si te emite comprobante no tendrás que hacer retención. Ahora todo depende si no esta acogido al RST; el cual se le debe retener el 100% del ITBIS.