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Que pasa si una persona fisico o juridica solicita los NCF Electronicos, y nunca llega a utilizarlos?
Que consecuencias tendrian las personas fisicas que soliciten los NCF Electronicos, y nunca llega a utilizarlos. Ya sea por cese de operaciones o porque no le sean necesarios emitirlos?


Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 16 horas
Buenas tardes, Peguero. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que no existe sanción aplicable por no utilizar comprobantes fiscales electrónicos a los contribuyentes que no les sea necesario. No obstante, el contribuyente puede ser sancionado si, debiendo emitir comprobantes por las operaciones que realice, no lo haga o lo haga de manera incorrecta.
Importante: En caso de que se encuentre en cese, deberá informarlo a través de una solicitud de cese temporal o cambiar su actividad económica si el cese será por tiempo indefinido.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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