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jueves, 20 de abril de 2023 22:44

Cerrado

¿Que impuesto corresponde a la venta de una propiedad, terreno o inmueble, como intermediario (broker)?

Buenas noches, 

Me gustaría saber que impuesto corresponde tributar, como intermediario, por la venta de un terreno o inmueble en general, esto como persona fisica no registrada en DGII. Ejemplo: Un terreno que vale RD$10,000,000 y la comision por la intermediacion es un 5%, es decir, RD$500,000; que monto seria el correspondiente a pagar por concepto de impuesto? 

Gracias!

Solución oficial

Buenos días, Ángel. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, el Impuesto Sobre la Renta de Personas Físicas se determina de una de las siguientes maneras:

 

Si posee contabilidad organizada:

 

Deduciendo de los ingresos brutos los gastos con comprobantes; para aquellos contribuyentes con contabilidad organizada que presenten deducciones sobre los gastos propios del negocio, el impuesto se determina sobre la Renta Neta Imponible (RNI). Sus costos y gastos deben ser enviados en el Formato 606 de manera obligatoria.

 

Si no posee contabilidad organizada:

 

Restando a los ingresos brutos la exención contributiva para los contribuyentes que no

presentan deducciones sobre costos y gastos.

 

Importante: La exención contributiva actual es de RD$416,220.00 y podrá ser ajustada anualmente por la inflación acumulada correspondiente al año anterior, según las cifras publicadas por el Banco Central de la República Dominicana.

 

Para conocer en detalle cómo se determina el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, le convidamos a visualizar la Revista disponible en nuestro portal, a la cual puede acceder a través del siguiente enlace: https://cutt.ly/c5iyUU1

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)