14 Mensajes

lunes, 3 de agosto de 2026

Que debo retenerle?

Si tengo una persona, que me brinda servicios de enseñanza es decir, me imparte varias horas de clases pero su actividad económica registrada en la DGII es servicios odontológicos, debo retenerle el 15% solamente, que es el que corresponde a lo que me brinda a mí, o también debería retenerle el 18%? 

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenos días, Susana. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que, siendo persona jurídica del régimen normal quien realiza el pago, deberá efectuar la retención del 15% correspondiente a Impuesto Sobre la Renta, únicamente. 

 

De igual manera, le invitamos a recomendarle a la persona física que presta el servicio que actualice sus actividades económicas, lo cual constituye un deber formal de ella ante esta Dirección General.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.