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viernes, 10 de noviembre de 2023

Cerrado

Que debo hacer para corregir un error con una factura reportada y pagada en el IR17 pero no en el 606?

Reporte mis facturas para el pago del IR17, pero por error en el 606 de ese periodo se me quedo 1 por reportar, que puedo hacer para solucionar este inconveniente?

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Solución oficial

Buenas tardes, Perla. Gracias por contactarnos.

 

Si envió el formato 606 y quedaron facturas pendientes de registrar, debe rectificar y enviar nuevamente el archivo con todas las facturas. Para rectificar estos formatos basta con enviar el archivo corregido nuevamente a través de la Oficina Virtual.

 

Nota: En el caso del formato 606, cuando presente algún bloqueo se debe validar la razón de este en la Administración Local correspondiente sin discriminar el periodo.

 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.



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Y HACER UNA RECTIFICATIVA DEL 606 DEL PERIODO 09 NO ME CREARIA UN CARGO ADICIONAL O RECTIFICAR EL ITEBIS?

Buenas tardes, Perla. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que luego de realizar una rectificativa del formato 606, debe rectificar el IT-1 del periodo correspondiente. En cuanto al cargo eso dependerá del registro y las informaciones que contiene la factura agregada.

 

·         Para realizar una rectificativa del IT-1 debe seguir los pasos indicado en el enlace: http://ms.spr.ly/612119hNIH

·         Condiciones que debe cumplir para poder realizar una rectificativa del IT-1 a través de la Oficina Virtual: http://ms.spr.ly/612129hNIy

·         En caso de no cumplir con las condiciones establecidas para rectificar el IT-1 a través de la OFV, deberá realizar una rectificativa de manera presencial agotando el siguiente procedimiento: http://ms.spr.ly/612139hNIJ

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.