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¿Puedo solicitar re- inspección de un vehículo declarado como salvamento por una aseguradora, una vez esté esté reparado ?
De ser así , ya no debería considerarse salvamento, ¿puede ser eliminado de la lista de salvamentos que proporciona la DGII, en virtud de la norma 04-2010 art. 01?



Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
30.5K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Yamilka. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, el estatus de un vehículo que ha sido registrado como salvamento no puede ser modificado.
Importante:
La condición del estatus de salvamento no le impide realizar el traspaso o cualquier transacción relacionada a dicho vehículo.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
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