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martes, 22 de agosto de 2023 15:49

Cerrado

¿Puedo anular un Comprobante Electrónico para Gastos Menores (Tipo 43) mediante una Nota de Crédito Electrónica (Tipo 34)?

Buenos días,

Tengo la siguiente pregunta: ¿Puedo anular un Comprobante Electrónico para Gastos Menores (Tipo 43) mediante una Nota de Crédito Electrónica (Tipo 34)?

Muchas gracias por su tiempo.

Solución oficial

Buenos días, Samir. Gracias por contactarnos.

 

Sí, para corregir o anular un comprobante electrónico (e-CF) debe emitir una nota de crédito/débito electrónico o utilizar el servicio web de anulación, según corresponda.

 Los tipos de correcciones que podrán realizarse a un e-CF, a través de una Nota de Crédito o Débito, serán por concepto de:
 
o Anulación total del e-CF
o Corrección montos del e-CF
o Corrección Texto del e-CF
o Reemplazo NCF emitido en contingencia

 Importante: 

El servicio web de anulación solo podrá ser utilizado cuando el e-CF no haya sido firmado y enviado a la DGII. 

Las Notas de Débitos/Créditos solo podrán ser emitidas al mismo adquiriente o usuario para modificar comprobantes fiscales emitidos con anterioridad.

Base Legal: Norma 01-2020 Art. 12; Ley 32-23.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

Es un placer servirle.