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viernes, 25 de agosto de 2023 23:09

Cerrado

Puede una persona ser registrada como empleado si tiene deuda pendiente con DGII?

Buenas noche,

Tengo una duda la cual es la siguiente: Una persona que tiene varios años trabajando de manera independiente, pero luego se le presenta la oportunidad de volver a trabajar como empleado en el sector privado y este tiene una deuda pendiente en DGII, afectaría en algo que no esté al día? por ejemplo algún inpedimento que no pueda ser agregado como empleado?

Saludos. 

Solución oficial

Buenos días, Beatriz. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que para realizar el cambio de estatus de Contribuyente (Persona Física) para Registrado (asalariados/obreros) primero debe encontrarse al día en sus obligaciones fiscales, para esto debe informar mediante el Formulario RC-01 que dejará de operar una actividad económica con fines comerciales, quedando solo inscrito en el RNC a los fines de realizar algún trámite o pago de un impuesto/tasa ocasional. Para pasar a registrado, la persona no debe tener obligaciones activas (distintas a R-18, DSD e IPI), deudas ni omisiones o nómina activa.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

Es un placer servirle.

88 Mensajes

hace 1 año

  • no, no tiene ningun impedimento para ser agregado como empleado como lo planteas, pero va a depender que tipo de deuda tributaria y la situacion que tienes con dgii, puedes entrar a la oficina virtual y ver la situacion o ir a una adminitracion local para validar.
  •  ya que si se notifico, o se hizo una estimacion de la deuda, dgii tiene procedimientos para ordenar medidas conservatoria.