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¿puede acogerse a la facilidad de la Ley 51-23?
"una empresa que dejó de operar en el 2010 por causas de incendio (se le notificó a la DGII) y la última declaración de renta IR-2 fue en ese mismo año. La empresa no se adecuó a la Ley 479-08 y posee mora de activos; y sigue activa en la Oficina virtual.
La pregunta es, ¿puede acogerse a la facilidad de la Ley 51-23?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.5K Mensajes
hace 1 año
Buenas tardes, Oscar. Gracias por contactarnos.
Le informamos que se exceptúan de la aplicación de las facilidades de pago de la Ley 51-23 las siguientes:
Base Legal: Ley 51-23, Arts. 21 y 24, párrafos. Norma 08-23 Art.2, literal C.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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Es un placer servirle.
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