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Pruebas rápidas de COVID-19
Buenas días,
Luego de saludarle, el mismo es para saber si las pruebas rápidas COVID, se den facturar con impuestos o aun se encuentra exento de impuestos?
Gracias.
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Buenas días,
Luego de saludarle, el mismo es para saber si las pruebas rápidas COVID, se den facturar con impuestos o aun se encuentra exento de impuestos?
Gracias.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
23K Mensajes
hace 3 años
Buenos días, Dennis. Gracias por contactarnos.
Le informamos que, en caso de tratarse efectivamente de una prueba médica de antígenos realizada exclusivamente por laboratorios médicos, se encuentra exentas de la aplicación y pago del Impuesto Sobre las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), conforme lo dispuesto el Art. 344 del Código Tributario y el Art. 14 del Reglamento 293-11 de Aplicación del Título III del referido código.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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