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lunes, 3 de marzo de 2025

Cerrado

Préstamo de una persona jurídica a una física extranjera

Saludos, si una persona jurídica le realiza un préstamo a una persona física extranjera se le debe de retener el 10 % de ISR.

Mi actividad es de crédito para financiar otras actividades económicas (incl.  otras formas de adelanto).

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Yris. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, no corresponde realizar la retención del ISR a los pagos recibidos por concepto de intereses por préstamos otorgados a los extranjeros.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.

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Gracias.

Según mi actividad es de (crédito para financiar otras actividades económicas (incl.  otras formas de adelanto). mis ingresos están exentos del pago del ITBIS ?

Buenas tardes, Yris. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, las actividades económicas relacionadas con créditos y productos financieros se encuentran exentos del ITBIS.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.

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Gracias 

Buenas tardes. 

 

¡Gracias Yris por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

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Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

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