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viernes, 12 de diciembre de 2025

Prórroga de exención del Impuesto a los Activos

Una empresa solicitó en el año 2021 la exención temporal del Impuesto a los Activos correspondiente a la construcción de una torre. Dicha exención fue aprobada por la Administración Tributaria por un período de cuatro (4) años, con vigencia hasta el año 2024.

No obstante, a la fecha actual, la obra aún se encuentra en proceso de ejecución, por lo que se requiere orientación respecto al procedimiento y los requisitos necesarios para solicitar una prórroga adicional de dicha exención.

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Oficial

Buenas tardes, Yamile. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, en este caso, debe realizar nuevamente la solicitud de exención o exclusión temporal. Para conocer cómo realizar esta solicitud, le invitamos a ingresar a la pregunta que contiene la información detallada, a través del siguiente enlace: CA1815 ¿Qué debo hacer para solicitar una exención o exclusión temporal del pago del Impuesto Sobre los Activos?.

 

Importante: Le recomendamos explicar en la carta de solicitud el motivo de la extensión, agregando a los documentos la comunicación en la que se le había otorgado la la exención temporal anterior.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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(Editado)