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PROYECTO DE BAJO COSTO PRIMERA VIVIENDA EXCEPCION DE PAGO DE TRANSFERENCIA
Muy buenas tardes, hace poco tiempo adquiri una vivienda de bajo costo ($4,452,000) y fui informada por la constructora de que yo tenia que hacer el traspaso del titulo antes de los 6 de lo contrario la DGI me cobraria una multa. Luego que pague, una persona me dijo que ese proyecto era considerado de bajo costo y al ser mi primera vivienda yo estaba excenta de pagar ese impuesto. Como podria solicitar un reemboloso de ese dinero.


Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
7.6K Mensajes
hace 1 mes
Buenas tardes, Charlin. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, a partir de la entrada en vigencia de la Ley 195-19, los adquirientes de inmuebles calificados como viviendas de bajo costo quedan exentos del pago del impuesto de trasferencia siempre que se cumpla con las siguientes condiciones:
Importante:
En el caso de los inmuebles pertenecientes al Proyecto Ciudad Juan Bosch cuyos contratos fueron suscritos antes de promulgada la Ley 195-19, el valor tope para las transferencias exentas era establecido cada año de conformidad con la Cláusula 24.1.2 del Contrato de Fideicomiso para la Construcción de Viviendas de Bajo Costo República Dominicana VBC-RD, aprobado mediante Resolución 332-15, promulgada en fecha 11 de diciembre del año 2015.
Base Legal: Ley 195-19, modificada por la Ley 338-21, Art. 3; Norma General 01-15, Art. 23; Ley 173-07, Art. 7, Párrafo I.
Documentación Relacionada: Cláusula 24.1.2 del Contrato de Fideicomiso para la Construcción de Viviendas de Bajo Costo República Dominicana VBC-RD, aprobado mediante Resolución 332-15, promulgada en fecha 11 de diciembre del año 2015; Aviso 04-18; Aviso 04-19; Aviso informativo No. 04-20; Aviso 59-20 y Resolución DDG- AR1-2024-00001, Resolución DDG- AR1-2025-00001.
Le recomendamos comunicarse con la empresa o persona a la que le realizo dicho pago.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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CHARLIN SANTANA
3 Mensajes
hace 1 mes
YA HICE ESTE PAGO, FUE UN CHEQUE DE BANCO AL COLECTOR DE IMPUESTOS INTERNOS. HAY ALGUNA MANERA DE SOLICITAR UN REEMBOLSO A LA DGI?
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