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Proveedores informales
Buenas tardes Comunidad.
Espero esten bien.
Una pregunta, si en un mes le hice un avance para un servicio a un proveedor informal y le saldo el pago al terminar y ya pasó al otro mes, puedo hacerle la factura para reportar las retenciones en el mes que le salde el pago, o debo de realizarle dos facturas, una por el avance del mes anterior y la otra con el saldo del mes posterior ?
O puedo realizarle una sola factura, al finalizar el pago en el mes correspondiente?
Y otra pregunta.
En el mes de Agosto, puedo realizar facturas autogeneradas de (Proveedor informal y Gasto menor), del mes de Julio ?, no importa que la fecha del certificado digital salga a fecha de agosto ?


Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
28.8K Mensajes
hace 2 horas
Buenas tardes, Paola. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que no es necesario emitir factura en el pago de avances, por lo que bastará con que se facture el saldo del monto a pagar por el servicio.
En cuanto a los comprobantes autogenerados, pueden ser emitidos para períodos anteriores sin que la fecha de la firma del comprobante electrónico le represente inconvenientes.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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