Perfil de Isaac Nuñez

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miércoles, 31 de marzo de 2021

Cerrado

Proveedores Informales

Buenas tardes

Se le puede hacer una factura de suplidores Informales a una persona Física extranjera?

De no ser así, como se puede reportar el gasto a la DGII y en cual formulario?

Gracias anticipadas,

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Solución oficial

hace 5 años

Buenas tardes, Isaac. Gracias por escribirnos.

 

Debe utilizar el Comprobante para Pagos al Exterior (17), estos son aquellos comprobantes emitidos por concepto de pago de rentas gravadas de fuente dominicana a personas físicas o jurídicas no residentes fiscales, obligadas a realizar la retención total del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

 

La tasa del ISR que debe retener a los pagos realizados al exterior por prestación de servicios es de 27%.

 

Los comprobantes para pagos al exterior deben ser reportados en el formato de Compras de Bienes y Servicios (606) y en el Formato de Pagos al Exterior (609).

 

Consideraciones Importantes:

 

  • Al registrar un NCF para pagos al exterior en el formato 606, el campo RNC o Cédula debe ser completado con el RNC del contribuyente que emite el comprobante y no se debe incluir la retención del Impuesto Sobre la Renta.

 La retención que conlleva este tipo de pagos debe ser reportada en la Declaración Jurada y/o Pago de Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).

 

Puede consultar el instructivo de llenado y envío del 606 a través del siguiente enlace https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/formatoEnvioDatos/Documents/4-LlenadoyEnvioFormato606.pdf

 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle Isaac.

17 Mensajes

hace 5 años

Hola

Muchas gracias por su respuesta.

Si le es posible, me podrían decir si la factura se le debe incluir el ITBIS y si aplica para retención del mismo?

Gracias de ante mano :) 

2.3K Mensajes


Buenos días Isaac. Gracias por escribirnos.

El Comprobante de Pagos al Exterior B17 no lleva ITBIS, debido a que quien le emite la factura lo hace tomando en cuenta las leyes de su país.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv 

Es un placer servirle, Isaac.