Perfil de Cristhian Castillo

jueves, 2 de marzo de 2023 21:10

Cerrado

Proveedor persona física (acogido al RST)

Buenas tardes!!

Si una persona física acogida al RST vende un producto exento de ITBIS a una persona jurídica. Esta última debe retener el impuesto del ITBIS??

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Cristhian. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, las retenciones del ITBIS son aplicables toda vez que el bien vendido o servicio prestado se encuentre sujeto a la aplicación de este impuesto, por lo que, en su caso no conllevaría aplicar efectuar la referida retención.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

553 Mensajes

@Comunidad de Ayuda DGII​ muchas gracias por su asistencia.

Buen día, Cristhian.

 

Gracias por utilizar Comunidad de Ayuda.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.