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jueves, 2 de mayo de 2024 14:36

Cerrado

Prorrateo de la factura con Exención de ITBIS

Saludos.

Si un cliente solicito la exención de ITBIS en base a 2 proformas/cotizaciones por la renta de equipos y se la aprobaron ya que me enviaron las 2 cartas, pero en ese periodo al cliente se le modifico la cotización y el valor es menor, se le puede facturar al cliente de forma prorrateada sin pasarse del valor que le permitieron para la exención?

Es decir, no realizarle las facturas exactamente como indica la proforma si no con el valor que realmente salió en mi sistema que es menor y luego facturarle el completivo sin pasarme del monto exento.

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Marielis. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, si la factura contiene los mismos artículos que poseía la factura proforma para la cual le fue aprobada la exención, puede utilizar la exención siempre y cuando sea igual o menor al valor aprobado. 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.