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Proporcionalidad del ITBIS
Buen día, tengo una empresa donde nuestro productos son 99% exentos, por vender embutidos, pero también vendemos un único producto gravado que son Papas fritas, que las compramos gravadas para ser vendidas gravadas.
El ITBIS pagado en la adquisición de esas papas puede ser ADELANTADO EN SU TOTALIDAD, o debo llevarlo a proporcionalidad por el simple hecho de también vender exento?
Tomando en cuenta, que si podemos discriminar cuales compras corresponden para bienes exentos y aquellos que son para bienes gravados.


Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
7.6K Mensajes
hace 4 meses
Buenas tardes, Helen. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, el cálculo de la proporcionalidad del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) consiste en determinar la proporción del impuesto que un contribuyente se puede deducir del ITBIS que haya adelantado en la importación o adquisición de bienes o servicios gravados utilizados en la generación de operaciones gravadas y exentas para un periodo determinado.
ITBIS pagado en publicidad: 1,800
Ventas del período 100,000
Ventas exentas 40,000
Ventas gravadas 60,000
Para obtener una respuesta vinculante, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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