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miércoles, 30 de agosto de 2023 10:33

Cerrado

Propina voluntaria

Buenas, me gustaría saber si a la propina voluntaria dejada por los clientes en voucher de tarjeta en los restaurantes se les cobra el itbis.

Solución oficial

Buenos días, Dennis. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que no se debe cobrar ITBIS en la propina. La base imponible sobre la cual se debe calcular el ITBIS es la siguiente, según sea el caso:

 

·         Prestación de servicios: el valor total de los servicios prestados, excluyendo la propina obligatoria.

 

La propina voluntaria no es un gasto deducible del ISR, por lo que, no debe utilizar comprobantes de gasto menor y o remitir la transacción mediante el Formato 606.

 

Base Legal: Ley 11-92, Art. 339; Decreto 293-11, Art. 9.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

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Buenas entendí, pero puede pasar que cardnet sea el que cobre itbis sobre la propina voluntaria?

Buenos días, Dennis. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que las compañías de adquirencia deben retener un dos por ciento (2%) de ITBIS del monto de cada transacción realizada por medio de tarjetas de crédito o débito.

 

Importante: 

Esta retención también se le debe aplicar a los emisores de comprobantes electrónicos.

 

Base Legal: Norma 08-04 Art. 2, Párrafo I; Acuerdo de la DGII con la ONEC, puntos 7 y 8.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.