miércoles, 1 de abril de 2026

Proceso de reembolso de saldo a favor por deducciones erróneas de ISR.

Me gustaría saber cual es el proceso para solicitar el reembolso de saldo a favor por deducciones erróneas de Impuesto sobre la renta al cierre del año fiscal ?

Cual seria el proceso en el caso de que haya cambiado de trabajo ? Como puedo validar el saldo a favor con el que cuento a la fecha?

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Solución oficial

Buenas tardes, Berlyn. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para solicitar el reembolso del saldo a favor en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Solicitud Reembolso de Saldo a Favor de Impuesto Sobre la Renta de Personas Físicas (FI-GERE-003), llenado y firmado. 
  2. Copia de la Cédula  de Identidad y Electoral, de ambos lados, del asalariado y/o contribuyente.
  3. Poder notarizado y legalizado (en caso de ser un apoderado quien realice el trámite).
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del apoderado (aplica en caso de ser un apoderado quien realice el trámite).
  5. Certificación bancaria que confirme los datos y la vigencia de la cuenta (aplica en caso de que, en el formulario de solicitud, se seleccione la transferencia bancaria como método de pago y coteje una de las casillas “No estoy laborando actualmente” o “Laboro para un nuevo empleador”).

Tiempo de respuesta: 45 días laborables.

Costo:
Gratuito.

Quienes pueden solicitar:
Contribuyentes personas físicas y asalariados.

Cuando solicitar:
Según necesidad.

Importante:

  • Estos requisitos aplican para Personas Físicas y asalariados que presentan IR-1 para optar por los beneficios de la Ley 179-09, asalariados que no están laborando (desempleados), los que cambiaron de empleador y los pensionados.
  • Si selecciona la transferencia bancaria como método de pago, la cuenta debe estar en pesos dominicanos y el nombre asociado a esta debe coincidir con la razón social o nombre del contribuyente.
  • El reembolso del saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR) generado por las retenciones realizadas a los intereses recibidos se realiza mediante cheque. Solo si el beneficiario se encuentra en el interior o fuera del país y anexa una certificación bancaria o printer con los datos personales y de la cuenta, se le aplicará el reembolso mediante transferencia bancaria.
  • En caso de que el empleador se rehúse a realizar el reembolso, el contribuyente deberá solicitarlo nuevamente ante esta Dirección General presentando adicionalmente a) una carta del empleador indicando que no realizarán el pago del mismo, y b) la respuesta de autorización de reembolso emitida por Impuestos Internos, en original.
  • Cuando se trate de reembolso de saldos a favor de IR-13, es necesario que el empleador haya presentado la Declaración Jurada de IR-13 del periodo para el cual se realiza la solicitud.

Con relación a su segunda consulta, debe solicitarle a su empleador una carta donde le indique el monto que le pago en dicho periodo fiscal en conjunto con las retenciones realizadas de ISR y las retención de los montos exentos de la TSS.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII y contribuir al desarrollo del país!!

Es un placer servirle.