Buenas tardes, Kiara. Para solicitar el reembolso por pago en exceso o indebido debes depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central (para los grandes contribuyentes) o en el área de información de la Administración Local donde realizaste el pago, los siguientes documentos:
1. Formulario de Solicitud de Reembolsos por Depósito en Consignación, Pago en exceso o Indebido y Cheque Vencido (FI-DCREC-015), llenado y firmado (en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado). 2. Recibo de pago original del pago en exceso o indebido o una publicación por pérdida en un periódico de circulación nacional. 3. Recibo de cobro por servicios por valor de trescientos pesos (RD$300.00). 4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del beneficiario (aplica en caso de Personas Físicas). 5. Certificación de la Cámara de Comercio y Producción que indique que el aumento de capital no está registrado (aplica en caso de aumento de capital no ejecutado). 6. Copia del certificado de Registro Mercantil actualizado (aplica en caso de Personas Jurídicas). 7. Copia del acta de asamblea que autoriza el aumento de capital (aplica en caso de reembolso por aumento de capital no ejecutado). 8. Copia de los estatutos sociales que autoriza el aumento de capital (aplica en caso de reembolso por aumento de capital no ejecutado). 9. Poder notariado y legalizado por la Procuraduría General de la República (aplica en caso de representantes). 10. Poder consular o notarial apostillado (aplica en caso de que el beneficiario se encuentre fuera del país). 11. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante autorizado (aplica en caso de representantes). 12. Certificación de pérdida emitida por la Policía Nacional (aplica en caso de pérdida del recibo original del pago en exceso o indebido). 13. Declaración jurada ante un notario público, indicando que el recibo no ha sido utilizado y que el contribuyente asume la responsabilidad del reembolso y al mismo tiempo descarga a la DGII (aplica en caso de pérdida del recibo original del pago en exceso o indebido).
Consideraciones Importantes:
• Si el pago es realizado vía transferencia electrónica, la solicitud de reembolso debe tramitarse en la Administración Local a la que pertenece. • Solo si el beneficiario se encuentra en el interior o fuera del país y anexa una certificación bancaria o printer con los datos personales y de la cuenta, se le aplicará el reembolso mediante transferencia bancaria, en los demás casos el reembolso será realizado mediante cheque. • En caso entidades acogidas a Regímenes Especiales deben depositar otros documentos que sustenten la solicitud.
Importante: en vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 hemos tomado medidas referente a la asistencia presencial en nuestras oficinas (requerimientos mediante citas), por lo que, te exhortamos consultar los Avisos 63-20 y 64-20:
Puedes visitar el Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) en el horario establecido y tomando en cuenta las medidas indicadas en nuestros avisos, sin embargo, para visitar las Administraciones Locales debes requerir una cita de acuerdo con dicho aviso.
Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Eso quiere decir que tienes un saldo a favor, pero en IR, ITBIS, en cual? Si vas a pedir reembolso debes sustentar el tema tienes tu oficial, o oficinavirtual@dgii.gov.do
Solución oficial
R R
4.8K Mensajes
hace 5 años
1. Formulario de Solicitud de Reembolsos por Depósito en Consignación, Pago en exceso o Indebido y Cheque Vencido (FI-DCREC-015), llenado y firmado (en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
2. Recibo de pago original del pago en exceso o indebido o una publicación por pérdida en un periódico de circulación nacional.
3. Recibo de cobro por servicios por valor de trescientos pesos (RD$300.00).
4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del beneficiario (aplica en caso de Personas Físicas).
5. Certificación de la Cámara de Comercio y Producción que indique que el aumento de capital no está registrado (aplica en caso de aumento de capital no ejecutado).
6. Copia del certificado de Registro Mercantil actualizado (aplica en caso de Personas Jurídicas).
7. Copia del acta de asamblea que autoriza el aumento de capital (aplica en caso de reembolso por aumento de capital no ejecutado).
8. Copia de los estatutos sociales que autoriza el aumento de capital (aplica en caso de reembolso por aumento de capital no ejecutado).
9. Poder notariado y legalizado por la Procuraduría General de la República (aplica en caso de representantes).
10. Poder consular o notarial apostillado (aplica en caso de que el beneficiario se encuentre fuera del país).
11. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante autorizado (aplica en caso de representantes).
12. Certificación de pérdida emitida por la Policía Nacional (aplica en caso de pérdida del recibo original del pago en exceso o indebido).
13. Declaración jurada ante un notario público, indicando que el recibo no ha sido utilizado y que el contribuyente asume la responsabilidad del reembolso y al mismo tiempo descarga a la DGII (aplica en caso de pérdida del recibo original del pago en exceso o indebido).
Consideraciones Importantes:
• Si el pago es realizado vía transferencia electrónica, la solicitud de reembolso debe tramitarse en la Administración Local a la que pertenece.
• Solo si el beneficiario se encuentra en el interior o fuera del país y anexa una certificación bancaria o printer con los datos personales y de la cuenta, se le aplicará el reembolso mediante transferencia bancaria, en los demás casos el reembolso será realizado mediante cheque.
• En caso entidades acogidas a Regímenes Especiales deben depositar otros documentos que sustenten la solicitud.
Importante: en vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 hemos tomado medidas referente a la asistencia presencial en nuestras oficinas (requerimientos mediante citas), por lo que, te exhortamos consultar los Avisos 63-20 y 64-20:
• https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/63-20.pdf
• https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/64-20.pdf
Puedes visitar el Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) en el horario establecido y tomando en cuenta las medidas indicadas en nuestros avisos, sin embargo, para visitar las Administraciones Locales debes requerir una cita de acuerdo con dicho aviso.
Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
2
Dora Pariente
50 Mensajes
hace 5 años
0
0
Kiara Martinez
6 Mensajes
hace 5 años
cuando el contribuyente ha hecho un pago indebido o en exceso
0
0
Dora Pariente
50 Mensajes
hace 5 años
Si vas a pedir reembolso debes sustentar el tema tienes tu oficial, o oficinavirtual@dgii.gov.do
0
0