Perfil de Joe Baez

viernes, 19 de mayo de 2023 17:28

Cerrado

Presentación de Servicio de Transporte no Gravado

Buenas tardes somos una empresa donde todos sus bienes son con ITBIS, sin embargo a veces le cobramos el transporte al cliente para enviar dicha mercancía al interior del país, el mismo no se le carga ITBIS. En la presentación del IT-1 En que casilla debería presentar esa partida que no ha sido grabada?

Solución oficial

Buenas tardes, Joe. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que el servicio de transporte terrestre de personas y de carga se encuentra exento del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS). No obstante, cuando el servicio de transporte es brindado como una prestación accesoria, se facture o no por separado forma parte de la base imponible para el cálculo del ITBIS.

 

Nota: El servicio de transporte se encuentra exento del ITBIS siempre y cuando el mismo figure como actividad económica principal del contribuyente, en caso contrario deberá asumir el ITBIS que no fue cobrado a sus clientes.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

Visite: http://ms.spr.ly/61218gZh86

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.