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PRESCRIPCION IR-1 e ITBIS
Buenos días
Este caso es de una persona física que se quiere poner al día y encuentra que en Febrero del 2021 tiene reportado por terceros mediante comprobantes B01.
Pregunto:
Si este es un periodo ya prescrito, puede esa persona física realizar sus declaraciones de ITBIS e IR-1 de los últimos 3 años, solicitar sus comprobantes y empezar a facturar a partir de ahora mayo del 2025 ?
Agradezco desde ya su pronta respuesta.
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 3 meses
Buenos días, Ana. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su caso, por ser una situación particular, le recomendamos canalizar el mismo directamente ante el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
Es un placer servirle.
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