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Prescribir año 2018y 2019
Es cierto que si no declaro los años 2018 y 2019 estos prescriben solos ? Un contribuyente que su RNC está inactivo por no presentar declaración aplica para solo hacer año 2020 hasta el 2022 y prescribir los anteriores .
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.8K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Natalie. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, un periodo prescrito se encuentra sujeto a prescripción luego de transcurridos tres años luego de su fecha de vencimiento, por consiguiente, debe presentar los Formatos de Envíos y Declaraciones Juradas después del año 2019 que son los que no están prescritos.
Para que la figura de la prescripción surta efecto para los períodos anteriores a 2020 debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, el siguiente documento:
Tiempo de respuesta: 60 días laborables.
Consideraciones Importantes:
Recuerde que los periodos sobre los cuales se invoca la prescripción no pueden:
Asimismo, le informamos que, para reactivar un RNC que se encuentre en ese estado, los contribuyentes (Personas Físicas o Jurídicas) solo debe presentar las declaraciones juradas de impuestos pendientes de los últimos tres (3) años (para la activación no es necesario el pago del impuesto resultante) y en el caso de los impuestos no declarativos, cuando efectúe el pago.
Nota: Esta reactivación será efectiva de forma automática 24 horas después de haber presentado las obligaciones pendientes y/o pagado el impuesto no declarativo.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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