21 Mensajes

martes, 8 de abril de 2025 18:45

Cerrado

Premios culturales

Buenas tardes,

Una Institución del Estado que otorge un premio cultural al merito del carnaval dominicano, por un monto de RD$150,000.00 debe aplicar la retencion del 25% ISR sobre premios que establece la Ley?   Oh este tipo de premios esta exento de dicha retencion.

Gracias

Solución oficial

Buenas tardes, Clebely. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el Estado y sus dependencias, incluyendo las empresas estatales y los organismos descentralizados y autónomos deben retener un 5% por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR) cuando realicen pagos a sus proveedores (Personas Físicas o Jurídicas) por la adquisición de bienes y servicios en general, no ejecutados en relación de dependencia. No obstante, cuando estos pagos sean a favor de Personas Físicas y correspondan a los conceptos indicados en los literales del párrafo del Art. 309 del Código Tributario, la retención debe ser efectuada conforme los porcentajes señalados en dichos literales, de conformidad con las disposiciones establecidas en el artículo 68 bis del Reglamento 139-98.

 

Importante:

  • El Estado y sus dependencias deben aplicar la retención de un 5% del ISR a los pagos que realiza a partir del 13 de noviembre de 2012 con la publicación de la Ley 253-12.
  • El Sector Agropecuario se encuentra exento de esta retención conforme las disposiciones establecidas en la Norma General 01-08 prorrogada para el año 2025 por la Norma General 01-25.
  • Cuando el pago sea por concepto de comisiones, la retención del 5% se aplicará al monto de la comisión.
  • Cuando el pago sea por concepto de proyecto de construcción a todo costo a contratistas e ingenieros, deberá retener el 5% del Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre la base presunta del 20% del valor bruto pagado, siempre y cuando el pago incluya honorarios y materiales, sin embargo, cuando el pago sea únicamente por el concepto de honorarios por administración de obras u otro concepto, la retención será del 5% sobre el monto total pagado.
  • En caso de pagos por venta de combustible, la retención del 5% se realizará sobre el margen bruto de comercialización regulado por las resoluciones correspondientes emitidas por el Ministerio de Industria y Comercio.
  • Cuando las entidades estatales y sus dependencias realicen pagos al exterior por concepto de servicios, deben realizar la retención del 27%.
  • Quedan eximidos de esta retención, todos los proveedores del Estado cuya facturación sea en comprobantes fiscales electrónicos en un 100%.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Luego de haber transcurrido 24 horas sin recibir la información, cerraremos la pregunta, en caso de aún requerir la asistencia por favor crear una nueva.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

21 Mensajes

@Comunidad de Ayuda DGII 8​ su respuesto es distinta a lo que pregunte mas arriba.

Mi pregunta es sobre los premios realizados por una institucion publica  en este caso Culturales por participacion en un carnaval.

Debo o no retener el 25% por pago de premios, no aplica la retencion para este tipo de premio dado en efectivo, en este caso son 150,000 pesos

(Editado)

Buenas tardes, Clebely. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el Estado y sus dependencias, incluyendo las empresas estatales y los organismos descentralizados y autónomos deben retener un 5% por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR) cuando realicen pagos a sus proveedores (Personas Físicas o Jurídicas) por la adquisición de bienes y servicios en general, no ejecutados en relación de dependencia. No obstante, cuando estos pagos sean a favor de Personas Físicas y correspondan a los conceptos indicados en los literales del párrafo del Art. 309 del Código Tributario, la retención debe ser efectuada conforme los porcentajes señalados en dichos literales, de conformidad con las disposiciones establecidas en el artículo 68 bis del Reglamento 139-98.

 

Le invitamos a leer el artículo 309 del Código Tributario, en el párrafo anterior se le está indicando que si el pago realizado por el Estado corresponde a uno de los literales del párrafo del artículo 309, donde específicamente habla de los premios, corresponde que se aplique esa tasa, por lo que, su pregunta, fue respondida.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

21 Mensajes

hace 1 mes

Premios culturales

Buenas tardes,

Una Institución del Estado que otorge un premio cultural al merito del carnaval dominicano, por un monto de RD$150,000.00 debe aplicar la retencion del 25% ISR sobre premios que establece la Ley?   Oh este tipo de premios esta exento de dicha retencion.

Gracias