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viernes, 22 de marzo de 2024

Cerrado

preguntas.

Saludos. Tengo un empleado que le asignamos como viacticos, $80.000.00 mil pesos mensuales, la pregunta es. Estos viaticos si el empleado me trae las facturas con su número de comprobante fiscal, de todas formas debo de reportarlo en la TSS o solo si no me entrega facturas?

Porque si se lo reporto en tss, luego esos ingresos le salen al empleado en el IR13, al final del año. y creo que estariamos duplicando el gasto. 

Gracias 

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Solución oficial

Buenos días, Jessica. Gracias por contactarnos.

                          

En atención a su consulta, le informamos que, Sí, las asignaciones de traslado y viáticos se encuentran exentas del pago del Impuesto Sobre la Renta independientemente estas sean otorgadas en especie o en dinero.

 

Importante:

 

Se consideran asignaciones de traslado y viáticos cualquier provisión necesaria para cubrir el sustento, transporte y habitación de la persona que hace un viaje relacionado con el negocio.

 

Estas asignaciones deben guardar relación con la jerarquía y la función a realizar, y deben estar sustentadas en comprobantes fiscales para fines fiscales.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

(Editado)