viernes, 21 de marzo de 2025

Cerrado

Preguntas de IT-1 y empleados

Buenos días,

1. Si en un periodo solo he tenido gastos pero no ingresos, ¿Como debo reportar el IT-1?

2. Tengo un empleado y ya esta registrado en la TSS, pero su salario no genera pago de impuestos, ¿debo reportar el pago de ese salario en la dgii?, en caso positivo, es mensual o anual?

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Solución oficial

Buenos días, Carla. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, debe reportar solo el ITBIS Pagado en el anexo A y se le generara un saldo a favor si el mismo es para adelantárselo.

 

Si tiene un empleado aunque no este sujeto a ISR debe reportar de manera mensual la Declaración de IR-3.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

En el caso del empleado, ¿puedo hacer estas declaraciones aunque el tiempo haya vencido?, me refiero a meses anteriores.

Y para el IT-1, los meses anteriores los había declarado en 0, como informativo, ¿puedo cambiar esto y declararlo correctamente con el itbis pagado para esos meses en el anexo 1?, ¿como hago esto?

Gracias

Buenas tardes, Carla. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, si, puede realizarlas aunque haya transcurrido la fecha.

 

Para presentar la Declaración Jurada de Retenciones de Asalariados (IR-3) debe seguir estos pasos:

Primero:

  1. Prepare y cargue su nómina a través de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).

Importante:
Si efectúa el pago de comisiones, debe tener en cuenta que el monto pagado por este concepto debe ser reportado en la misma casilla del formato IR-4 como parte del salario, de manera que el cálculo del salario 13 de la nómina sea homogénea con la declarada.

Segundo:

  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.

  2. En el menú Declaraciones Juradas, escoja la opción Declaración IR-3.

  3. Digite el año fiscal, elija el mes sobre el cual desea presentar la declaración y presione el botón Consultar.

  4. El sistema le mostrará en pantalla un mensaje indicándole: No existe declaración presentada para el periodo seleccionado, la fecha de la última actualización, periodo seleccionado y tres opciones (Descargar IR-4, Presentar IR-3 y Consultar otro periodo). Pulse la opción Descargar IR-4, a fin de constatar que la información que contiene es la correcta y posteriormente presione el botón Presentar IR-3.

  5. Visualizará en pantalla la declaración IR-3  con los cálculos realizados, complete las casillas del formulario con las informaciones correspondientes, según corresponda (Pago a Cuenta, Saldo a Favor Anterior, Crédito Gastos Educativos IR-18, Crédito Autorizado)  y presione la opción de Enviar Documento.

  6. El sistema le preguntará si está seguro de enviar la declaración, presione el botón Aceptar.

  7. Visualizará en pantalla el número de autorización de la declaración presentada, pulse la opción Aceptar para finalizar.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.